SRI – Establecimiento de Canales Electrónicos de Recepción de Trámites

SRI – Resolución NAC-DGERCGC22-00000023 - Refórmese la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000056 publicada en la Edición Especial del Registro Oficial Nro. 1005 de 14 de septiembre de 2020 que resuelve “Establecer Canales Electrónicos de Recepción de Trámites del Servicio de Rentas Internas”
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Resumen – Resolución NAC-DGERCGC22-00000023

Son canales electrónicos para la presentación de trámites en el Servicio de Rentas Internas los previstos a continuación:

  1. Portal del SRI (debe contar con su usuario y clave)
  2. Otros canales electrónicos (para los trámites que no están habilitados en el portal del SRI). EL contribuyente deberá contar con firma electrónica cuando el trámite lo requiera. La Administración Tributaria informará acerca de estos trámites y si se requiere la firma electrónica.

Descargue la resolución

Si desea descargar el archivo del presente documento, puede dar clic en el siguiente botón:

Advertencia: El boletín de noticias de Janneth Cando es un documento meramente informativo, por tanto no podrá ser usado como asesoría u opinión legal.