SRI – Disposiciones emisión comprobantes electrónicos y obligatoriedad emisión de Retenciones Electrónicas en la “Versión ATS”

SRI – Resolución NAC-DGERCGC22-00000024 - Establécense las disposiciones en torno a la emisión de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, de manera electrónica, así como respecto de la obligatoriedad de emisión de los Comprobantes de Retención Electrónicos en la “Versión ATS”
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Resumen – Resolución NAC-DGERCGC22-00000024

1. Obligatoriedad para la emisión de comprobantes electrónicos desde el 29 de noviembre del 2022, para todos aquellos contribuyentes que a la fecha estén obligados a facturar y que aun no lo hayan hecho de forma electrónica. 

2. Los contribuyentes calificados como agentes de retención, incluido los contribuyentes especiales, que aun no se encuentren obligados a la emisión de comprobantes electrónicos, deberán implementar obligatoriamente la versión ATS de comprobantes de retención hasta el 29 de noviembre de 2022.

Disposiciones generales:

  • Para los contribuyentes RIMPE – Negocio Popular, la obligatoriedad de emitir comprobantes electrónicos será por las transacciones por las cuales no deba emitir notas de venta. 
  • A partir del 30 de noviembre 2022, solo los contribuyentes que emitan notas de venta podrán solicitar autorizaciones, modificaciones o renovaciones para emisión de comprobantes a través de máquinas registradoras.
  • A partir del 30 de noviembre 2022, solamente se podrán pedir comprobantes preimpresos, si el contribuyente ya se encuentra en ambiente de producción de comprobantes electrónicos. Los comprobantes preimpresos solo podrán ser utilizados en casos excepcionales.

Descargue la resolución

Si desea descargar el archivo del presente documento, puede dar clic en el siguiente botón:

Advertencia: El boletín de noticias de Janneth Cando es un documento meramente informativo, por tanto no podrá ser usado como asesoría u opinión legal.