SRI – Circular respecto a la compensación económica por el beneficio de guarderías.

NAC-DGECCGC25-00000001 - Información para quienes reciben la compensación económica por el beneficio de guarderías.

Resumen de la noticia:

El Servicio de Rentas Internas (SRI) establece que los ingresos obtenidos por los servidores públicos en calidad de compensación económica por el beneficio de guarderías son ingresos gravados para el cálculo del Impuesto a la Renta.

Dado que no existe una exención específica en el artículo 9 de la Ley de Régimen Tributario Interno, estos valores deben incluirse en la base imponible del año en que se perciban.

El SRI podrá revisar la correcta aplicación de esta disposición en ejercicio de sus facultades legales.

Descargue la resolución

Si desea descargar el archivo del presente documento, puede dar clic en el siguiente botón:

Advertencia: El boletín de noticias de Janneth Cando es un documento meramente informativo, por tanto no podrá ser usado como asesoría u opinión legal.

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